Un decreto de Alcaldía permite a los establecimientos ampliar su horario de apertura hasta el Domingo de Resurrección

De esta forma, el Ayuntamiento se acoge a la posibilidad que ofrece el artículo 6.7 de la Ley 13/99, de 15 de diciembre, para poder ampliar con carácter excepcional u ocasional los horarios generales de cierre de establecimientos públicos previstos en el artículo 17.1, durante la celebración de fiestas populares o tradicionales.
Con esta medida excepcional, se quiere beneficiar los establecimientos de hostelería que en estas fechas de vacaciones de la Semana Santa en la que aumenta de manera muy importante la afluencia de público, y que los ciudadanos tengan la posibilidad de disfrutar hasta más tarde de la oferta gastronómica y de ocio del municipio.